El Consejo Nacional de la Publicidad instó a los medios de comunicación la suspensión inmediata de la pieza publicitaria.
El Consejo Nacional de la Publicidad resolvió suspender una valla publicitaria donde se favorece el lesbianismo, basado en el código de ética que rige a la institución.
Al respecto, Sherman Calvo, Vice Presidente del CNP expresó: "En el Consejo Nacional de la Publicidad tenemos la obligación de velar por la ética permanente, estamos conscientes de nuestro compromiso con la comunidad, y la forma en la que este tema está tratado no cumple con los requisitos de respeto de principios morales de una sociedad. Lo que es responsabilidad respetar, son los derechos individuales de cada persona, incluyendo su sexualidad, pero jamás de lo privado de una persona llevarlo a un mensaje como este, que es retador y ofensivo. Viola claramente nuestro código de Ética y por esa razón se ha emitido un fallo condenatorio de esa valla. Debemos asegurarnos que la publicidad estará dentro de los parámetros de veracidad, responsabilidad y buen gusto. Se debe respetar la privacidad, honestidad y la moral".
En el art. 9. del citado Código se establece que “Todo anuncio debe ceñirse a la moral, decencia, buenas costumbres y orden público. Se respetarán los conceptos morales que prevalecen en nuetra sociedad. La participación de la mujer en las piezas publicitarias en general, deberá respetar la integridad de la misma…”.
La argumentación del Consejo es que toda persona puede usar la publicidad para promover todo aquello lícito. Sin embargo los contenidos, diseño y medios para las piezas publicitarias deben ser acordes a lo que se promueve y al público al cual se dirige. En el presente caso aunque lo que se pretende sea generar un cambio en los conceptos morales o percepciones sobre la diversidad sexual, esto no faculta para exponer los mensajes de manera irrestricta.
Además, el art. 6. reza: “El anuncio no debe contener afirmaciones o presentaciones visuales o auditivas contrarias a los principios de honestidad y veracidad…”. Calvo mencionó que el mensaje planteado en la pieza: “Viviendo el FEMINISMO. Soy lesbiana porque me gusta y me da la gana”, víncula directamente al feminismo con la preferencia sexual (lesbianismo), indicando se “vive” el feminismo a través del lesbianismo. El feminismo como objetivo primordial tiene el de la igualdad entre hombres y mujeres, lo cual es generalmente aceptado.
"Es censurable también el hecho de usar dibujos animados para lanzar un mensaje como ese, valiéndose de ese recurso gráfico que sin lugar a dudas llama la atención a la población infantil. Inapropiado desde todo punto de vista", dijo Calvo.
En la resolución la Comisión indicó: Solicitese a los medios la suspensión inmediata de la pieza relacionada.
“Esta Comisión hace nuevamente un llamado a los participantes y usuarios de la industria publicitaria para colaborar con la autorregulación respetando y acatando los fallos emitidos. Asimismo les recuerda que no esta autorizado el uso de presente fallo para fundamentar ningún tipo de publicidad o declaración pública. Lo anterior se les comunica con instrucciones de la Comisión Permanente de Ética del Consejo Nacional de la Publicidad de El Salvador”, dice el comunicado.
El Consejo Nacional de la Publicidad, institución sin fines de lucro, esta conformada por las gremiales de la Industria Publicitaria de El Salvador: Asociación de Medios Publicitarios Salvadoreños (AMPS), Asociación Salvadoreña de Agencias de Publicidad (ASAP) y Asociación Nacional de Anunciantes de El Salvador (ANAES). Forma parte de la Red Latinoamericana de Instituciones de Autorregulación Publicitaria (CONARED), autoridad regional en la materia.
Fuente: lapagina.com.sv
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